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Circular informativa abril 2025

Circular informativa abril 2025

SUBVENCIONES PARA FOMENTAR LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS DESEMPLEADAS PERTENECIENTES A DETERMINADOS COLECTIVOS

En Diario Oficial de la Generalitat Valencia de fecha 03 de abril de 2025 se publica la convocatoria para el año 2025 de  subvenciones para fomentar la contratación de personas desempleadas en la Comunitat Valenciana que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

a)      Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.

b)      Personas en situación desempleo de larga duración.

c)       Personas mayores de 50 años.

d)      Personas con discapacidad.

e)      Mujeres víctimas de violencia de género.

 

El importe de la subvención será de 10.000 euros. Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con discapacidad, el importe de la subvención será de 12.500 euros. Si concurre la de discapacidad severa, el importe de la subvención será de 30.000 euros.

La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadores en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato, y deberá ser a jornada completa, salvo en el caso de las personas con discapacidad severa, cuya jornada podrá ser de al menos 15 horas semanales, en cuyo caso la subvención se reducirá en la misma proporción de la reducción.

 

 IMPORTANTE MODIFICACIÓN EN LOS CONTRATOS DE TRABAJO EN LAS EMPRESAS DEL SECTOR AGRARIO Y AGROALIMENTARIO

La Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, introduce en su disposición final undécima esta importante modificación, por la que las empresas del sector agrario y agroalimentario podrán celebrar contratos de trabajo por circunstancias de la producción para atender situaciones ocasionales y previsibles, por un total de 120 días en el año natural, en lugar de los 90 días previsto para el resto de empresas. Y constituye causa para la celebración de este contrato en el sector agrícola, ganadero y forestal y la industria asociada a estos sectores, la cobertura de una o varias campañas de corta duración, con el límite anual de 120 jornadas reales.

 

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