FOMENTO CONTRATACIÓN
El importe de la subvención será de 27.216 € o 28.728 € en caso de mujer o personas con diversidad funcional
En el DOGV de fecha 01 de marzo de 2023, se publican dos nuevos programas de fomento a la contratación:
1. Fomento de la contratación indefinida de determinados colectivos vulnerables.
a) Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar en el ámbito de la Comunidad Valenciana, la contratación indefinida a jornada completa de personas desempleadas pertenecientes a alguno de los siguientes colectivos:
- Personas en situación o riesgo de exclusión social.
- Personas desempleadas de larga duración.
- Personas mayores de 50 años.
- Personas con diversidad funcional.
- Mujeres víctimas de violencia de género.
- Mujeres víctimas de violencia sexual.
- Mujeres víctimas de trata.
- Mujeres cabezas de familia monoparental.
b) El importe de la subvención será de 27.216 € o 28.728 € en caso de mujer o personas con diversidad funcional.
c) La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato.
d) El plazo para presentar las solicitudes se iniciará el día 2 de marzo de 2023 y deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 31 de mayo de 2023.
2. Fomento de la contratación temporal de personas con diversidad funcional severa.
a) Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para fomentar la contratación de personas con un grado de discapacidad intelectual o enfermedad mental reconocido igual o superior al 33% o con un grado de discapacidad física o sensorial reconocido igual o superior al 65%.
b) Resultará subvencionable la contratación, por un periodo de entre 3 y 12 meses.
c) El importe de la subvención será de 1.071 euros por cada mes de contratación (entre 3 y 12 meses).
d) Los contratos a tiempo parcial de al menos 15 horas semanales resultarán subvencionables con reducción proporcional de la subvención.
e) El plazo para presentar las solicitudes se iniciará el día 2 de marzo de 2023 y deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 01 de septiembre de 2023.
José A. Soler Gómez
CONTENIDO RELACIONADO
-
En presencia de un representante
Los empleados tienen derecho a firmar el finiquito en presencia de un representante de los trabajadores.
-
Deudas y prestación por nacimiento para autónomos (infografía)
La existencia de deudas con la Seguridad Social no siempre impide cobrar la prestación por nacimiento y cuidado de menor.
-
Registro de jornada con huella
¿Se puede fichar con huella dactilar?
contenido exclusivo
Esta página web utiliza cookies tanto propias como de terceros para analizar nuestros servicios y la navegación en nuestra página web con el fin de mejorar los contenidos de la misma (fines analíticos: medir visitas y fuentes de tráfico web). La base legal es el consentimiento del usuario, salvo en el caso de las cookies básicas, que son imprescindibles para navegar por esta web.