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CIRCULAR INFORMATIVA - FEBRERO 2026

CIRCULAR INFORMATIVA - FEBRERO 2026

SUBVENCIONES A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE JÓVENES CUALIFICADOS EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL

Con el objetivo de fomentar la contratación indefinida a jornada completa de personas jóvenes cualificadas inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, se conceden subvenciones en las que la persona contratada debe reunir los siguientes requisitos:

1.      Que haya permanecido desempleada e inscrita como demandante de empleo en LABORA durante un período de al menos tres meses ininterrumpidos anteriores a su contratación.

2.      Que figuran inscritas como beneficiarias en el sistema Nacional de Empleo Juvenil.

3.      Que cuenten con una cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo. Entendiéndose que reúnen este requisito cuando posean alguna de las siguientes titulaciones: a) Licenciatura o Diplomatura universitaria, Ingeniería Superior o Técnica, Arquitectura o Arquitectura Técnica; b) Grado Universitario; c) Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional Reglada; d) Certificado de profesionalidad, entre otras.

4.      Que la contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato.

5.      Que exista una correspondencia entre la titulación de la persona joven y el puesto de trabajo desempeñado.

No resultará subvencionable cuando la persona trabajadora hubiera finalizado su relación laboral con la empresa empleadora o con alguna entidad vinculada directa o indirectamente con la entidad empleadora en los seis meses previos a la contratación.

El número máximo de contrataciones subvencionables por empresa será de dos.

El importe de la subvención será de 10.000 euros. Si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con discapacidad, el importe de la subvención será de 12.500 euros. Si concurre la de victima de violencia sobre la mujer, el importe será de 22.000 euros. Si concurre la de persona con discapacidad severa, el importe de la subvención será de 25.000 euros.

El plazo de esta convocatoria finaliza el día 2 de junio de 2026.

 

SUBVENCIONES A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE PERSONAS DESEMPLEADAS PERTENECIENTES A COLECTIVOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA PARA EL EMPLEO

Esta convocatoria tiene por objeto conceder subvenciones para fomentar la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas desempleadas pertenecientes a alguno de los siguientes colectivos:

a)      Personas en situación o riesgo de exclusión social

b)      Personas en situación de desempleo de larga duración

c)       Personas mayores de 50 años

d)      Personas con discapacidad

e)      Mujeres víctimas de violencia de género.

 Es requisito que la persona contratada haya permanecido desempleada e inscrito como demandante de empleo al menos tres meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la contratación.

El importe de la subvención será de 10.000 euros. Si los colectivos de los apartados a), b) y c) concurre la condición de mujer el importe de la subvención será de 12.500 euros. Para el colectivo del apartado e) será de 20.000 euros y para el colectivo del apartado d) será de 12.500 euros, y si en este colectivo concurre la condición de persona con discapacidad severa, el importe de la subvención será de 25.000 euros.

El plazo de esta convocatoria finaliza el día 15 de junio de 2026.

 

SUBVENCIONES PARA FOMENTAR LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD SEVERA, ASÍ COMO EL TRÁNSITO DESDE EL EMPLEO PROTEGIDO HASTA EL MERCADO ORDINARIO DE TRABAJO.

Las personas destinatarias de estas subvenciones deberán pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:

·       Personas con discapacidad procedentes de un Centro Especial de Empleo.

·       Personas con discapacidad severa, según define el art. 2 de la orden 12/2024. En este caso deberá permanecer desempleada e inscrita como demandante de empleo durante un período de al menos tres meses ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a su contratación.

Resultará subvencionable:

1.      La contratación indefinida a jornada completa de las personas con discapacidad procedentes de un Centro Especial de Empleo.

2.      La contratación, por un periodo de entre 3 y 12 meses, de las personas con discapacidad severa.

El importe de la subvención será:

a)      En el caso de contrataciones indefinidas a jornada completa de personas con discapacidad procedentes de un Centro Especial de Empleo: 12.000 euros (si concurre adicionalmente la condición de víctima de violencia sobre la mujer, 20.000 euros; si concurre la de discapacidad severa, 25.000 euros).

b)      En el caso de contrataciones temporales a jornada completa de personas con discapacidad severa: 900 euros por el número de meses de contratación.

c)       Los contratos a tiempo parcial de al menos 15 horas semanales de las personas con discapacidad severa resultarán subvencionables con la reducción proporcional.

La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato.

El plazo de esta convocatoria finaliza el día 01 de septiembre de 2026.

 

ATARAXIA: “estado de ánimo que se caracteriza por la tranquilidad y la total ausencia de deseos o temores”.

 

José A. Soler Gómez

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D. JOSE ANTONIO SOLER GOMEZ

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